Información
La población potencial del Programa “Economía Social de la Ciudad de México” 2025 es aquella que participa en sociedades cooperativas que realizan actividades de producción de bienes y/o servicios, integradas por personas preferentemente desempleadas, con empleo informal o precario, así como constituidas o que estén interesadas en constituirse bajo este esquema, que presenten capacidades organizativas y financieras limitadas, que dificultan a sus integrantes la obtención de un empleo digno e ingreso suficiente a través de la inclusión laboral y productiva en el sistema cooperativista, cuyo domicilio de las personas integrantes y de la operación de la cooperativa sea en la Ciudad de México.”
DEFINICION DE POBLACIONES OBJETIVO Y BENEFICIARIAS
Subprograma: “Cooperativas de Cuidados para la Creación de Cuneros Comunitarios (CUCOS)”
Población Beneficiaria. – Sociedades Cooperativas cuyo objeto principal sea la prestación de servicios cuidado para la primera infancia, precisando que, en la primera etapa, para aquellas aspirantes que busquen su constitución como sociedades cooperativas en el marco del presente ejercicio fiscal 2025, su proceso de certificación se realizará a través de la autoridad certificadora que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo designe para tal efecto. En el caso de aquellas cooperativas ya existentes y certificadas en ejercicios fiscales anteriores, se aceptará documentación formalizada ante alguna de las autoridades certificadoras previstas en la Ley General de Sociedades Cooperativas. Bajo cualquier supuesto, deberán cumplir con todos los requisitos que expiden las autoridades competentes para prestar el servicio de cuidados en la Ciudad de México, documentos, procedimientos de acceso y permanencia para recibir el apoyo en especie en la segunda etapa, establecidos en estas Reglas de Operación, incluyendo la asistencia y acreditación de las capacitaciones que el subprograma determine, así como en la Convocatoria que a tal efecto sea emitida.
Subprograma: “Impulso Popular”
Población Beneficiaria. – Sociedades Cooperativas formalmente constituidas. Precisando que para aquellas aspirantes que se constituyan como nuevas sociedades cooperativas en el marco del presente ejercicio fiscal 2025, su proceso de certificación se realizará a través de la autoridad certificadora que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo designe para tal efecto. Para el caso de aquellas Sociedades Cooperativas ya existentes y constituidas en ejercicios fiscales anteriores, se aceptará documentación formalizada conforme a las autoridades certificadoras previstas en la Ley General de Sociedades Cooperativas. Bajo cualquier supuesto, se deberá cumplir con los requisitos, documentos y procedimientos de acceso y permanencia establecidos en estas Reglas de Operación, incluyendo la asistencia y acreditación de las capacitaciones que el subprograma determine, así como en las Convocatorias que a tal efecto sean emitidas.
Subprograma: “Creación de Empresas Sociales”
Población Beneficiaria. – Cooperativas, que se constituirán a través de la autoridad certificadora que la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo designe para tal efecto. Las personas integrantes de dichas Sociedades Cooperativas una vez constituidas, deberán cumplir con todos los requisitos, documentos y procedimientos de acceso y permanencia establecidos en estas Reglas de Operación, incluyendo la asistencia y acreditación de las capacitaciones que el subprograma determine, así como en las Convocatorias que a tal efecto sean emitidas.
Subprograma: “Fortalecimiento de Empresas Sociales”
Población Beneficiaria. – Sociedades Cooperativas formalmente constituidas. En el caso de aquellas Sociedades Cooperativas ya existentes y constituidas en ejercicios fiscales anteriores, su proceso deberá haberse formalizado conforme a las autoridades certificadoras previstas en la Ley General de Sociedades Cooperativas. Bajo cualquier supuesto, se deberá cumplir con los requisitos, documentos y procedimientos de acceso y permanencia establecidos en estas Reglas de Operación, incluyendo la asistencia y acreditación de las capacitaciones que el subprograma determine, así como en las Convocatorias que a tal efecto sean emitidas. Cabe mencionar que las Cooperativas de ahorro y préstamo, por su naturaleza, NO podrán ser sujetas del apoyo, ya que su objetivo principal es la captación de fondos o recursos monetarios y su colocación mediante préstamos, créditos u otras operaciones por parte de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo con sus Socios
1Impulso Popular
Se enviará una notificación por correo electrónico con los detalles de la cita, incluyendo la fecha, hora y lugar para realizar la entrega presencial de la documentación.
Durante la cita, será necesario presentar los documentos de forma clara y legible, firmados con tinta azul por todos los miembros participantes. Además, se deberán entregar cuatro juegos de copias de toda la documentación requerida, como parte de los requisitos establecidos por el Subprograma Impulso Popular de la Cooperativa de Taxistas “Unidos”.
Documentación requerida por persona:
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Identificación oficial vigente.
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CURP actualizada.
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RFC con constancia de situación fiscal no mayor a tres meses.
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Comprobante de domicilio reciente (menos de tres meses).
Documentación por la Cooperativa:
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Solicitud de preregistro (se enviará una vez aprobada la revisión).
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Manifestación de no adeudo (formato proporcionado el día de la cita).
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Acta constitutiva o documento de denominación de la cooperativa.
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RFC vigente de la cooperativa (emitido en los últimos tres meses).
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Recibo del Tianguis Digital.
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Escritura pública correspondiente al acta constitutiva.
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Comprobante de domicilio fiscal de la cooperativa.
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Carta compromiso para el Padrón Nacional de Sociedades Cooperativas (formato proporcionado en la cita).
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Boleta de inscripción al Registro Público de Comercio.
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Cuenta bancaria PyME activa a nombre de la cooperativa.
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Carta compromiso para la apertura de cuenta bancaria (formato entregado el día de la cita).
Asimismo, en caso de que la cooperativa haya recibido apoyos en años anteriores, deberá presentar la documentación fiscal comprobatoria correspondiente.
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